De marchas y contramarchas: apuntes sobre la institución municipal en el Perú (1812-1861)

Fuente: Redalyc
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Autore principale: Gabriella Chiaramonti
Natura: Artículo científico
Lingua:es
Pubblicazione: Universidad de Sevilla 2007
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author Gabriella Chiaramonti
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contents De marchas y contramarchas: apuntes sobre la institución municipal en el Perú (1812-1861) Gabriella Chiaramonti Historia Virreinato del Perú – Constitución de Cádiz – municipalidades – siglo XIX En el virreinato del Perú, como en las otras áreas en las que fue aplicada,la Constitución de Cádiz permitió a una multiplicidad de sujetos sociales colectivos,sin distinciones étnicas, elegir organismos municipales iguales entresí e independientes, que tenían de derecho, y más todavía de hecho, unaamplia gama de poderes, en primer lugar el de administrar la justicia en elámbito local. Después de la independencia las municipalidades conocieronfases distintas, según lo que establecían constituciones y leyes. En la práctica,aun cuando las municipalidades fueron abolidas (1839), las comunidadeslocales mantuvieron la costumbre de discutir y tomar decisiones colectivas,utilizando un lenguaje político tradicional, parecido al que emplearon las Juntasespañolas e hispanoamericanas desde el comienzo de la crisis de la monarquía.En 1856 las municipalidades fueron nuevamente introducidas, ennúmero tan elevado y con competencias tan anchas que se produjeron conflictosfrecuentes con las autoridades políticas y muchas quejas, que fueronexpresadas por los parlamentarios reunidos en el Congreso de 1860. La nuevaconstitución (1860) y la nueva ley de municipalidades (1861) redujeron elnúmero y las competencias de los organismos municipales, pese a que mantuvieronsu origen electivo y los centros de menor tamaño pudieron elegiragencias municipales y síndicos procuradores. Además municipalidades yagencias conservaron la facultad de redactar los registros electorales y la leyelectoral de 1861 reconoció a cada pueblo, por pequeño que fuera, el derechode designar un elector de segundo grado que lo representara en el ámbito delsistema electoral indirecto de dos niveles... 2007 artículo científico 1575-6823 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=28291808 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=282 Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades application/pdf Universidad de Sevilla Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades (España) Num.18 Vol.9
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publisher Universidad de Sevilla
spellingShingle De marchas y contramarchas: apuntes sobre la institución municipal en el Perú (1812-1861)
Gabriella Chiaramonti
Historia
Virreinato del Perú – Constitución de Cádiz – municipalidades – siglo XIX
De marchas y contramarchas: apuntes sobre la institución municipal en el Perú (1812-1861) Gabriella Chiaramonti Historia Virreinato del Perú – Constitución de Cádiz – municipalidades – siglo XIX En el virreinato del Perú, como en las otras áreas en las que fue aplicada,la Constitución de Cádiz permitió a una multiplicidad de sujetos sociales colectivos,sin distinciones étnicas, elegir organismos municipales iguales entresí e independientes, que tenían de derecho, y más todavía de hecho, unaamplia gama de poderes, en primer lugar el de administrar la justicia en elámbito local. Después de la independencia las municipalidades conocieronfases distintas, según lo que establecían constituciones y leyes. En la práctica,aun cuando las municipalidades fueron abolidas (1839), las comunidadeslocales mantuvieron la costumbre de discutir y tomar decisiones colectivas,utilizando un lenguaje político tradicional, parecido al que emplearon las Juntasespañolas e hispanoamericanas desde el comienzo de la crisis de la monarquía.En 1856 las municipalidades fueron nuevamente introducidas, ennúmero tan elevado y con competencias tan anchas que se produjeron conflictosfrecuentes con las autoridades políticas y muchas quejas, que fueronexpresadas por los parlamentarios reunidos en el Congreso de 1860. La nuevaconstitución (1860) y la nueva ley de municipalidades (1861) redujeron elnúmero y las competencias de los organismos municipales, pese a que mantuvieronsu origen electivo y los centros de menor tamaño pudieron elegiragencias municipales y síndicos procuradores. Además municipalidades yagencias conservaron la facultad de redactar los registros electorales y la leyelectoral de 1861 reconoció a cada pueblo, por pequeño que fuera, el derechode designar un elector de segundo grado que lo representara en el ámbito delsistema electoral indirecto de dos niveles... 2007 artículo científico 1575-6823 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=28291808 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=282 Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades application/pdf Universidad de Sevilla Araucaria. Revista Iberoamericana de Filosofía, Política y Humanidades (España) Num.18 Vol.9
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Virreinato del Perú – Constitución de Cádiz – municipalidades – siglo XIX
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