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| Autore principale: | |
|---|---|
| Natura: | Artículo científico |
| Lingua: | es |
| Pubblicazione: |
Universidad Diego Portales
2005
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| Soggetti: | |
| Accesso online: | https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=370838862003 |
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Sommario:
- NOTAS SOBRE EL DEBER DE MINIMIZAR EL DAÑO Ramón Domínguez Águila Derecho Un aspecto no tratado en la doctrina y jurisprudencia nacional, es el deber de la víctima de impedir el agravamiento del perjuicio, ya sea que el daño tenga su origen en un incumplimiento contractual o en un ilícito civil. El principio de reparación integral del daño podría entenderse como un obstáculo al deber de la víctima de minimizar su propio daño. Sin embargo, existen argumentos económicos, morales y lógicos que justifican aceptar este deber. La revisión del Derecho Comparado, del common law y continental muestra que existen fundamentos plausibles para aceptar este principio en la responsabilidad civil. Si bien el Código Civil no consagra una regla precisa que permita aceptarlo, lo cierto es que la causalidad puede esgrimirse como el fundamento técnico de la obligación de minimizar el daño a cargo de la víctima. 2005 artículo científico 0718-0233 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=370838862003 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=3708 Revista Chilena de Derecho Privado application/pdf Universidad Diego Portales Revista Chilena de Derecho Privado (Chile) Num.5