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| Main Author: | |
|---|---|
| Format: | Artículo científico |
| Language: | es |
| Published: |
Universidad Católica Boliviana San Pablo
2015
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| Subjects: | |
| Online Access: | https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=425843380002 |
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Table of Contents:
- La buena fe como requisito sine qua non en la preferencia registral inmobiliaria Emilio Barea Medrano Lengua y Literatura buena fe registro Propiedad preferencia doble venta En nuestro medio, por distintos motivos, se presentan casos de conflicto entre dos o más personas que alegan tener derecho de propiedad sobre un mismo bien inmueble, lo que obliga al sistema judicial a establecer quién de ellos es el verdadero titular del bien. Al respecto, el Código Civil, en su artículo 1545, establece la preferencia determinándola por la inscripción en el Registro de Derechos Reales. De su lectura surge la problemática de establecer si para dicha preferencia es necesaria la “buena fe” del tercero registral o por el contrario es suficiente su registro. Sobre el particular, el presente trabajo sostiene la necesidad de que el tercero registral cuente con “buena fe”, a los fines de ser beneficiado con la preferencia establecida en el artículo mencionado, teniendo en cuenta la naturaleza de la figura y su fin protectivo excepcional. 2015 artículo científico 2077-3323 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=425843380002 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=4258 Ciencia y Cultura application/pdf Universidad Católica Boliviana San Pablo Ciencia y Cultura (Estado Plurinacional de Bolivia) Num.35