La consideración de los nuevos derechos humanos en la legislación sobre reproducción asistida

Fuente: Redalyc
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Main Author: Juan José Puerto
Format: Artículo científico
Language:es
Published: Universidad de Chile 2000
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author Juan José Puerto
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contents La consideración de los nuevos derechos humanos en la legislación sobre reproducción asistida Juan José Puerto Filosofía Embrión Legislación Derechos Humanos Crioconservación Reproducción asistida Coincidiendo con la aplicación en masa delas técnicas biomédicas de reproducción humanaa mediados de los años ochenta, el mundodel Derecho empezó a movilizarse para regularestas nuevas tecnologías. Las legislaciones quese realizaron en estos años, respondieron al principiode salvaguarda de los Derechos Fundamentalesdel Ser Humano, que en ese momentola doctrina jurídica mayoritaria identificaba desdeuna perspectiva individualista con derechossocio-económicos individuales (Derechos Humanosde 2ª Generación) y que encumbraron elprincipio de autodeterminación. Todo esto se tradujoen legislaciones que superpusieron el interésde los padres sobre los derechos del embrióny de su futuro hijo.Ya en los noventa, la evolución en el pensamientopolítico-constitucional ha desarrollado losDerechos Humanos de las futuras generaciones(Derechos Humanos de 3ª Generación), que rompenel individualismo anterior con la entrada enconsideración de nuevos valores como elecologismo, el respeto a la naturaleza y a sus recursos,etc. Jurídicamente se va a demandar laaplicación del llamado Principio de responsabilidaden la utilización de las nuevas tecnologías,así como el Principio de precaución, que justificanla existencia de una legislación que propugnaun equilibrio en los derechos e intereses detodos los intervinientes en los tratamientos de reproducciónasistida (incluido el futuro hijo). Estegiro en la doctrina de los derechos fundamentalestiene sus consecuencias prácticas en múltiplescuestiones relativas a la regulación de estastécnicas reproductivas (congelación de embriones,donación de gametos, fecundaciones postmortem,consentimiento informado, ...etc.). 2000 artículo científico 0717-5906 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=55460110 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=554 Acta Bioethica application/pdf Universidad de Chile Acta Bioethica (Chile) Num.1 Vol.VI
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Juan José Puerto
Filosofía
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Legislación
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Crioconservación
Reproducción asistida
La consideración de los nuevos derechos humanos en la legislación sobre reproducción asistida Juan José Puerto Filosofía Embrión Legislación Derechos Humanos Crioconservación Reproducción asistida Coincidiendo con la aplicación en masa delas técnicas biomédicas de reproducción humanaa mediados de los años ochenta, el mundodel Derecho empezó a movilizarse para regularestas nuevas tecnologías. Las legislaciones quese realizaron en estos años, respondieron al principiode salvaguarda de los Derechos Fundamentalesdel Ser Humano, que en ese momentola doctrina jurídica mayoritaria identificaba desdeuna perspectiva individualista con derechossocio-económicos individuales (Derechos Humanosde 2ª Generación) y que encumbraron elprincipio de autodeterminación. Todo esto se tradujoen legislaciones que superpusieron el interésde los padres sobre los derechos del embrióny de su futuro hijo.Ya en los noventa, la evolución en el pensamientopolítico-constitucional ha desarrollado losDerechos Humanos de las futuras generaciones(Derechos Humanos de 3ª Generación), que rompenel individualismo anterior con la entrada enconsideración de nuevos valores como elecologismo, el respeto a la naturaleza y a sus recursos,etc. Jurídicamente se va a demandar laaplicación del llamado Principio de responsabilidaden la utilización de las nuevas tecnologías,así como el Principio de precaución, que justificanla existencia de una legislación que propugnaun equilibrio en los derechos e intereses detodos los intervinientes en los tratamientos de reproducciónasistida (incluido el futuro hijo). Estegiro en la doctrina de los derechos fundamentalestiene sus consecuencias prácticas en múltiplescuestiones relativas a la regulación de estastécnicas reproductivas (congelación de embriones,donación de gametos, fecundaciones postmortem,consentimiento informado, ...etc.). 2000 artículo científico 0717-5906 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=55460110 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=554 Acta Bioethica application/pdf Universidad de Chile Acta Bioethica (Chile) Num.1 Vol.VI
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