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Autore principale: Núria Rey Huerga
Natura: Artículo científico
Lingua:es
Pubblicazione: Universitat de Barcelona 2017
Soggetti:
Accesso online:https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=78354511014
https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/
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author Núria Rey Huerga
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contents El TJUE reafirma que las bebidas vegetales no pueden llamarse "leche" en base a las normas de protección del mercado lácteo, pero ¿qué hay del interés del consumidor? Núria Rey Huerga Derecho leche Bebidas vegetales cuestión prejudicial derechos del consumidor organización común de mercados El pasado 14 de junio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en cuestión prejudicial que la denominación "leche" y otras denominaciones de "productos lácteos" deben reservarse a productos de origen animal. El fallo responde a la cuestión prejudicial planteada por un Tribunal alemán durante el litigio entre VSW, asociación empresarial alemana y TofuTown, productora y distribuidora de alimentos vegetarianos/veganos. El fallo del Tribunal señala que designar un producto puramente vegetal como "leche de..." vulnera el derecho de la Unión por ser contrario a la normativa de protección del sector lácteo. Pero la sentencia no analiza si estas denominaciones ponen en jaque la protección del derecho del consumidor a una información alimentaria clara, objetiva y contrastada científicamente. 2017 otro 1886-5887 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=78354511014 https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/ https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/html/ https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/78354511014.epub https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/movil es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=783 Revista de Bioética y Derecho application/pdf Universitat de Barcelona Revista de Bioética y Derecho (España) Num.41
format Artículo científico
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language es
publishDate 2017
publisher Universitat de Barcelona
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Núria Rey Huerga
Derecho
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El TJUE reafirma que las bebidas vegetales no pueden llamarse "leche" en base a las normas de protección del mercado lácteo, pero ¿qué hay del interés del consumidor? Núria Rey Huerga Derecho leche Bebidas vegetales cuestión prejudicial derechos del consumidor organización común de mercados El pasado 14 de junio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en cuestión prejudicial que la denominación "leche" y otras denominaciones de "productos lácteos" deben reservarse a productos de origen animal. El fallo responde a la cuestión prejudicial planteada por un Tribunal alemán durante el litigio entre VSW, asociación empresarial alemana y TofuTown, productora y distribuidora de alimentos vegetarianos/veganos. El fallo del Tribunal señala que designar un producto puramente vegetal como "leche de..." vulnera el derecho de la Unión por ser contrario a la normativa de protección del sector lácteo. Pero la sentencia no analiza si estas denominaciones ponen en jaque la protección del derecho del consumidor a una información alimentaria clara, objetiva y contrastada científicamente. 2017 otro 1886-5887 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=78354511014 https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/ https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/html/ https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/78354511014.epub https://www.redalyc.org/journal/783/78354511014/movil es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=783 Revista de Bioética y Derecho application/pdf Universitat de Barcelona Revista de Bioética y Derecho (España) Num.41
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