Gespeichert in:
| 1. Verfasser: | |
|---|---|
| Format: | Artículo científico |
| Sprache: | es |
| Veröffentlicht: |
Universitat Oberta de Catalunya
2008
|
| Schlagworte: | |
| Online-Zugang: | https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=78813265003 |
| Tags: |
Tag hinzufügen
Keine Tags, Fügen Sie den ersten Tag hinzu!
|
Inhaltsangabe:
- El fin de la situación de transitoriedad: la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal ya tiene desarrollo reglamentario Mònica Vilasau Solana Derecho menor de edad consentimiento cesión de datos subcontratación deber de secreto El 19 de abril del 2008 entró en vigor el Reglamento 1720/2007, de 21 de diciembre que desarrolla la LOPD. Este texto había sido muy esperado por los aplicadores del derecho, por las empresas de consultoría y de seguridad, por sectores del marketing y publicidad, por empresas dedicadas a la solvencia patrimonial y crédito y, en menor medida, por los consumidores y usuarios. La norma responde a la necesidad de dotar la Ley orgánica sobre la materia del correspondiente desarrollo reglamentario y dar respuesta a las nuevas necesidades de la sociedad de la información constantemente en evolución. En el RLOPD se regula el otorgamiento del consentimiento por silencio positivo, el otorgamiento del consentimiento del menor, se sistematiza el ejercicio de los derechos por parte del afectado, se regulan detalladamente los ficheros de marketing y publicidad, los de solvencia patrimonial y crédito, se dota a la figura del encargado de un estatuto jurídico, se proporciona todo un nuevo marco a las medidas de seguridad y se sistematizan los procedimientos tramitados por la Agencia española de protección de datos. El texto aprobado evidentemente no complacerá a todo el mundo, la existencia de múltiples instancias involucradas (estatales y autonómicas) y de múltiples agentes con diferentes perspectivas hace que las soluciones proporcionadas no se ajusten a los ideales de todos los implicados. Sin embargo el nuevo Reglamento es un paso adelante en la consolidación del derecho a la protección de datos de carácter personal, aporta mayor seguridad jurídica y flexibilización y tiene que verse como una oportunidad de crear una nueva cultura de protección de datos integrada en el tratamiento de la información de una forma global. 2008 artículo científico 1699-8154 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=78813265003 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=788 IDP. Revista de Internet, Derecho y Política application/pdf Universitat Oberta de Catalunya IDP. Revista de Internet, Derecho y Política (España) Num.7