Falacia de las cláusulas exorbitantes en la contratación estatal

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Main Author: Ciro Norberto Güechá Medina
Format: Artículo científico
Language:es
Published: Universidad de Medellín 2006
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author Ciro Norberto Güechá Medina
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contents Falacia de las cláusulas exorbitantes en la contratación estatal Ciro Norberto Güechá Medina Derecho poder cláusula prerrogativa Contrato estatal cláusula exorbitante El concepto de cláusula exorbitante ha sido un criterio primordial para identificar loscontratos administrativos o estatales, tanto en el derecho colombiano como en elderecho francés; pero es pertinente afirmar que, de acuerdo con la consagración quehace el estatuto contractual, la noción de cláusula exorbitante o excepcional no existeen nuestro ordenamiento, sino que, por el contrario, la Administración está dotada deprerrogativas que hace valer frente a los administrados, dentro del procedimientoadministrativo de contratación. En las anteriores circunstancias es viable decir que elcriterio comúnmente aceptado de cláusula exorbitante es una falacia en nuestro sistemajurídico. 2006 artículo científico 1692-2530 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=94501003 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=945 Opinión Jurídica application/pdf Universidad de Medellín Opinión Jurídica (Colombia) Num.10 Vol. 5
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publisher Universidad de Medellín
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Ciro Norberto Güechá Medina
Derecho
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Contrato estatal
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Falacia de las cláusulas exorbitantes en la contratación estatal Ciro Norberto Güechá Medina Derecho poder cláusula prerrogativa Contrato estatal cláusula exorbitante El concepto de cláusula exorbitante ha sido un criterio primordial para identificar loscontratos administrativos o estatales, tanto en el derecho colombiano como en elderecho francés; pero es pertinente afirmar que, de acuerdo con la consagración quehace el estatuto contractual, la noción de cláusula exorbitante o excepcional no existeen nuestro ordenamiento, sino que, por el contrario, la Administración está dotada deprerrogativas que hace valer frente a los administrados, dentro del procedimientoadministrativo de contratación. En las anteriores circunstancias es viable decir que elcriterio comúnmente aceptado de cláusula exorbitante es una falacia en nuestro sistemajurídico. 2006 artículo científico 1692-2530 https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=94501003 es http://www.redalyc.org/revista.oa?id=945 Opinión Jurídica application/pdf Universidad de Medellín Opinión Jurídica (Colombia) Num.10 Vol. 5
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